Es la encargada de supervisar que la operación de los sectores de retiro de jubilación, asegurador y afianzador se apegue al marco normativo, preservando la solvencia y estabilidad financiera derivada de las instituciones de Seguros y Retiro a través de un Fideicomiso, para garantizar los intereses del público usuario, así como promover el sano desarrollo de estos sectores con el propósito de extender la cobertura de nuestros servicios de gestoría y recuperación de capital a la mayor parte posible de la población.
De manera secundaria buscamos gestionar todo procedimiento de recuperación de capital a través de inversión, crédito o ahorro voluntario por medio de un Fideicomiso.
Nuestra Visión
La función de nuestra gestión debe operar bajo principios de eficiencia, eficacia y calidad, acordes con los estándares internacionales en la materia, con el objeto de coadyuvar a la estabilidad y solvencia financiera de las industrias aseguradora, afianzadora y para el retiro, como elemento para estimular la seguridad y confianza del público usuario de estos servicios financieros.
Nuestros procedimientos de gestoría intermediaria son bajo el consentimiento y contratación del titular que lo solicite, todos los procedimientos se realizan bajo los lineamientos de la CONSAR y apegados a su normatividad.
¿Qué PUEDE hacer la CONSAR y qué NO PUEDE hacer la CONSAR porque no está facultada?
Aunque la AFORE te dé la primera orientación, los trámites mismos dependen de otras instancias federativas, recuerda que las AFOREs se apegan a la normatividad de las instituciones gubernamentales, no al revés. Con relación a lo anterior, te recomendamos consultar la "tabla de trámites" para que así puedas conocer qué trámite realiza cada una de las instituciones que invierten en el sistema de Ahorro para el Retiro.
Todos tienen derecho a retirar un monto de lo ahorrado en su Afore, según lo dicta la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), pero es importante tener en cuenta los distintos tipos de retiro disponibles y bajo que rubrica legal se pueden realizar.
El retiro de recursos de la Afore por matrimonio consiste en que el trabajador pueda obtener un retiro parcial en el caso de que lo necesite para la boda. Este retiro de recursos puede ser de hasta 30 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Los requisitos que necesitas cubrir, son: Contar con al menos 500 semanas cotizadas a partir del 1 de junio de 1997, no haber pedido el retiro por matrimonio o desempleo antes, estar vigente como asegurado mínimo 24 meses antes, y tener el expediente de identificación de trabajo actualizado.
Esta es una de las opciones más conocidas entre los trabajadores, el cual permite retirar de 30 y hasta 90 días de tu salario base de cotización después de cumplir 90 días sin empleo. Para ello, debes de tener mínimo 5 años de haber abierto una cuenta individual en Afore y contar con 24 bimestres de cotización en tu cuenta, así como no haber solicitado este retiro en los últimos 5 años. Sin embargo, considera que se restará el equivalente a un año de cotización.
Esta opción consiste en pedir de vuelta el dinero que abonaste de manera voluntaria a tu Afore o el equivalente al 60% de la deducción que te hizo el patrón durante tu periodo de laboral activo, el cual puedes retirar a partir de 5 años, de esta manera puedes realizar un retiro a mediano plazo para utilizarlo cuando más lo necesites sin afectar a las semanas de cotización.
Cuando en tu vida laboral no pudiste acumular las semanas de cotización indicadas por la ley a la que estes inscrito, o bien, el dinero suficiente para garantizar tu pensión, tienes la alternativa de solicitar el retiro de tu ahorro a la Afore por negativa de pensión, el cual consiste en sacar todo tu dinero a partir de los 65 años de edad, trámite que puedes iniciar desde los 60 años.
Requisitos:
Documentos:
Solicita aquí la gestión e información para que te proporcionen la Solicitud de Disposición de Recursos la cual deberás llenar y firmar, además de presentar los documentos antes mencionados.
A más tardar en 5 días hábiles se te entregarán tus recursos.
Retiros totales IMSS
Es cuando el trabajador dispone de todos los recursos de su cuenta AFORE, ya sea para financiar su pensión, o bien, que tenga derecho a retirarlos en una sola exhibición.
Si ya cumpliste 60 o 65 años de edad ya puedes solicitar una pensión. Existen dos opciones por las que el IMSS pensiona a los trabajadores. Aplican según los años en los que hayas cotizado al Instituto.
Régimen 73 y Régimen 97.
Haz clic en cualquiera de ellos para conocer más:
Las aportaciones acumuladas por los trabajadores que cotizaron al ISSSTE entre el 1° de marzo de 1992 y el 31 de diciembre del 2007 se conocen como SAR ISSSTE 1992 y son considerados recursos complementarios a la pensión del trabajador.
Anteriormente, las dependencias abrían una Cuenta Individual a nombre de sus trabajadores en el banco que estas elegían para depositar bimestralmente las aportaciones para el retiro, ahora puedes disponer de ellas de manera inmediata.
Retiro: Equivalente al 5% del Salario Básico de Cotización (SBC).
Vivienda: Equivalente al 5% mensual del Salario Básico de Cotización (SBC)
¿Qué requisitos y documentos necesitas para retirar estos recursos?
Requisitos:
Solicita aquí la gestión e información para que te proporcionen la “Solicitud de retiro o unificación de SAR ISSSTE 92” la cual deberás llenar y firmar.
A más tardar en 5 días hábiles se te entregarán tus recursos.
El Trabajador puede realizar el depósito de Ahorro Voluntario en su Cuenta Individual a través de los siguientes mecanismos:
1.- En redes comerciales:
a) Acudir a cualquier tienda 7-Eleven, Tiendas Extra, Círculo K, Chedraui, Walmart, Walmart Express, Bodega Aurrera o Sam’s Club, sucursales de Telecomm, Banco del Bienestar o Farmacias del Ahorro, en el portal AforeWeb o bien, en redes Punto Recarga, Puntos Yastás o La Red de la Gente; proporcionar al cajero la CURP y el monto a depositar. Mediante plataformas digitales tales como AforeMóvil, Millas para el Retiro y uLink.
b) Al momento de realizar el depósito obtendrá un comprobante de la operación en donde se informe el monto de la aportación realizada.
2.- Domiciliación:
A través del portal AforeWeb:
a) Ingresa al portal con correo electrónico y número celular.
b) Da clic en el menú “Mi Ahorro” y selecciona la opción “Ahorro en línea”.
c) Deberás seleccionar la opción “Agregar nueva aportación”.
d) A continuación, ingresa tus datos bancarios.
e) Indica la periodicidad de tu aportación y la fecha de descuento.
f) De manera opcional, podrás ingresar el código promocional; este dato es proporcionado por la Administradora.
g) Ingresa el monto de la aportación.
h) Al finalizar, haz clic en “Confirmar” y acepta el resumen de tu solicitud y el contrato de servicio, capturando la contraseña de inicio de sesión, para realizar la operación.
i) Vía correo electrónico recibirás la cofirmación de que tu solicitud fue registrada de manera correcta.
A través de la aplicación AforeMóvil:
a) Descarga AforeMóvil desde AppStore, PlayStore o AppGallery e ingresa tu CURP, correo electrónico y número celular y sigue los pasos que indica la aplicación.
b) Una vez que hayas concluido tu registro, selecciona la opción de domiciliación para ahorrar con cargos únicos, semanales, quincenales o mensuales, a una cuenta de débito o CLABE interbancaria.
c) También puedes realizar aportaciones voluntarias a través de GanAhorro, plataforma en la cual puedes adquirir tus productos y servicios y recibir un porcentaje de su costo en tu cuenta de ahorro.
Para mayor información, visita www.gob.mx/aforemovil
3.- En la Afore:
a) Contactar a la Afore que administra la Cuenta Individual para que le proporcione información sobre el procedimiento para realizar el depósito, que puede ser, dependiendo de la Afore, en ventanilla, vía transferencia bancaria o cualquier otro medio que ponga
a su disposición.
b) Al momento de realizar el depósito obtendrá un comprobante de la operación en donde se informe el monto de la aportación realizada.
4.- Por medio del patrón:
a) Solicitar por escrito al patrón que realice el descuento vía nómina de la cantidad que se desea ahorrar, indicando la periodicidad.
b) En los recibos de nómina que le entregue el patrón podrá corroborar el descuento de la Aportación Voluntaria.
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